El pasado 19 de junio de 2019 Foro de Foros organizó la Conversación Intergeneracional “Plataformas Digitales y el Mercado del Trabajo”, en la que abordamos aspectos como la calificación jurídica de los prestadores de servicios en las plataformas digitales o el panorama que se abre en este nuevo mercado laboral.
Para que puedas forjarte tu propio criterio y conocer la mayor cantidad de puntos de vista sobre este tema, hemos recopilado lo más interesante de la sesión.
Yolanda Román: “Esta nueva forma de trabajo que ha surgido no solo está formada por los conductores o repartidores que vemos cada día, sino también por otros especialistas como abogados, traductores o diseñadores de software que son igual de importantes en nuestra estructura de empresa”.
Luz Rodríguez: “Según un estudio de la Fundación Cotec y SigmaDos, en España más de un 60% de la gente consume a través de plataformas digitales. Esto puede responder a dos razones principales: la innovación que supone esta nueva forma de consumo y el precio más asequible de los productos que en ellas se comercializan”.
Carlota Marzo: “Aunque todavía hay muchas cosas por mejorar, es un hecho sabido y contrastado que los establecimientos que ahora emplean plataformas digitales para vender sus productos han aumentado sus beneficios”
Luz Rodríguez: “La solución no es tan fácil como algunos quieren que parezca, la prueba a esto es la existencia de numerosas sentencias judiciales en varios países que se contradicen. A pesar de tratarse de casos muy parecidos, unos consideran a los prestadores de servicios como autónomos y otros como trabajadores. Lo judicial es una solución que siempre se presenta, pero cuando alguien pierde no se le soluciona su situación de vulnerabilidad”.
Yolanda Román: “Todos los actores implicados en este proceso deben sentarse a hablar y buscar soluciones, tiene poco sentido que la solución a algo que crea tanta controversia se dé por vía judicial”.
Luz Rodríguez: “Los derechos tendrían que estar por encima del estatus jurídico de las personas. Entiendo que a las plataformas les dé miedo dar algunas seguridades a los trabajadores porque vienen los tribunales y dicen que existe una relación de trabajo. Sin embargo, la UE tiene competencias para dar esta seguridad a los trabajadores, que puedan tener unos mínimos como: seguridad, no discriminación o defensa del interés colectivo. Si la UE obligara a las empresas, estas podrían proporcionar más seguridad sin que nadie les pudiera cuestionar su modelo de trabajo”.
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