El pasado 22 de enero de 2018, Foro de Foros organizó la Conversación Intergeneracional “Dilemas de la regulación pública en torno al fin de la vida».
Con una proposición de Ley tramitándose en el Congreso referida a la “muerte digna” (buena práctica médica al final de la vida), es un buen momento para conversar sobre los dilemas y retos de todo el espectro de la regulación en torno al fin de la vida, desde la sedación terminal (lex artis) al suicidio asistido, pasando por la eutanasia.
Para que puedas forjarte tu propio criterio y conocer la mayor cantidad de puntos de vista sobre este tema, hemos recopilado lo más interesante de la sesión.
Si hay un derecho a vivir, ¿hay un derecho a morir?
Ya se está legislando sobre la muerte digna y los cuidados paliativos. El reto es pues legislar sobre la eutanasia y el derecho a morir. Es un tema con aristas jurídicas, sociales, éticas, económicas,… que implica a las personas como ciudadanos y como sujetos de derecho.
La Ley 41/2002, de 14 de noviembre, reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica es una ley de carácter básico estatal que supone un avance en las relaciones médico-paciente, y está siendo desarrollada por las diferentes Comunidades Autónomas, con el fin de reglamentar cuestiones como el derecho a la información sanitaria, el consentimiento informado, la documentación sanitaria, la historia clínica, el derecho a la autonomía del paciente y su participación en la toma de decisiones o la negativa a tratamiento.
La primera ley autonómica fue la de Andalucía (Ley 2/2010, de 8 de abril, de Derechos y Garantías de la Dignidad de la Persona en el Proceso de la Muerte) y la más reciente es la aprobada por unanimidad en Madrid en 2017 (Ley 4/2017, de 9 de marzo, de Derechos y Garantías de las Personas en el Proceso de Morir).
No obstante, los efectos de las leyes autonómicas, como es el caso de la de Madrid, no se conocen, pues las leyes no se evalúan y eso impide saber si se han cumplido los objetivos. La Asociación DMD (Derecho a Morir Dignamente) apunta a una mayoría de gente favorable a la eutanasia por una experiencia cercana de alguien que ha muerto en malas condiciones, pues a pesar de la legislación existente, los cuidados paliativos o no se están aplicando correctamente o no son suficientes.
La deliberación del asunto debe integrar diferentes puntos de vista, pero ha de llegar unos mínimos de consenso.
Derechos y garantías de los pacientes
Los cuidados paliativos no son un antídoto o alternativa a la eutanasia, sino una obligación del sistema y parte de la práctica clínica. La eutanasia es, sin embargo, un derecho de la persona a decidir sobre su propia vida.
En cualquier caso, una posible regulación de la eutanasia debe considerar la delimitación de los supuestos, su fundamentación y las garantías previas, ya que las decisiones al final de la vida están influenciadas por el entorno multicultural, el cosmopolitismo, los juicios de valor no técnicos de los médicos y el entorno familiar que pueden caer en la llamada “Obstinación terapéutica”.
De ahí la importancia de considerar la autonomía del paciente y su voluntad sobre los cuidados y los tratamientos que desea recibir, expresada a través de un documento de instrucciones previas que ya contempla la normativa vigente.
¿Es la eutanasia un asunto individual o colectivo?
Se plantean dudas sobre en qué medida debe la comunidad decidir si va a permitir a sus miembros una elección en favor de la muerte. Existe el derecho a la vida y hay que legislar para protegerla, pero ¿hasta dónde? ¿por encima de la dignidad de las personas?
El artículo 15 de nuestra Constitución contempla el derecho a la integridad física y moral y puede abrir una vía para regular cuestiones como el derecho a morir.
¿Conflictividad o falta de voluntad política?
A pesar del debate político sobre el derecho a morir y la eutanasia, lo cierto es que la demanda de la sociedad parece ir por delante de la legislación.
Se apunta a la huida del debate por parte de los políticos ante un tema conflictivo como éste por motivos ideológicos, éticos, religiosos y culturales, pero también se habla de la falta de liderazgo y de voluntad política, que no es capaz de encauzar la opinión pública sobre este asunto.
Conclusiones
Como punto final a estas reflexiones, parece compartida por los expertos la idea de que la libertad y la autonomía de las personas hace necesaria la regulación acerca del derecho a morir y la eutanasia. No es pertinente que la sociedad obligue a alguien a vivir con dolor físico y psíquico y en condiciones que atenten contra su dignidad.
Se han hecho avances en el ámbito médico y tecnológico, pero a fecha de hoy eutanasia o suicidio asistido operan fuera del código deontológico médico. No así, la muerte digna y los cuidados paliativos.
En el ámbito político y legislativo hay que invertir recursos y esfuerzo en el cumplimiento de las leyes vigentes y explorar nuevas vías – como el artículo 15 de la Constitución – que compatibilicen muerte digna y cuidados paliativos con una legislación sobre eutanasia.
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